Entre las modificaciones figura la que obliga a los titulares de las instalaciones a velar de forma continua por la mejora de las condiciones de seguridad, lo que incluye la incorporación de las mejores técnicas y prácticas existentes.
Por su parte, las administraciones encargadas de las concesiones deberán informar al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) antes de adoptar cualquier decisión de este tipo.
Junto a esto, se agilizará el procedimiento para la concesión de autorización a instalaciones radiactivas y se obligará a que los aspirantes remitan un "plan de protección física" de las centrales.
Además, el CSN tendrá una mayor capacidad inspectora y los comités de información de las centrales deberán elevar su composión. A partir de ahora, no sólo los municipios en los que se encuentren las centrales estarán representados en estos comités, sino también los del entorno próximo a las mismas.
La modificación del reglamento ha quedado aprobada mediante un real decreto. El Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas procede de 1999 y, hasta ahora, regulaba el régimen de autorizaciones correspondientes a las instalaciones nucleares y radiactivas.
Con la reforma, se incorpora al reglamento la experiencia adquirida desde 1999 y se adapta su contenido a la Ley sobre Energía Nuclear de 1964, y a la Ley de creación del Consejo de Seguridad Nuclear de 1980, que constituyen su marco legal de referencia y que, a su vez, han sido modificadas por sendas normas en 2005 y 2007.