7/03/2008 - 18:00h

El Tribunal de la UE sentencia contra España por las condiciones de la opa de Eon a Endesa

Neelie Kroes, comisaria europea de Competencia.El Tribunal de la UE dictó ayer sentencia contra España en el juicio sobre las condiciones impuestas a la opa de la alemana Eon sobre Endesa, que acabó en fracaso. Pero el Gobierno ha respondido impugnando la decisión de Bruselas por la que anuló en su día unas condiciones similares impuestas a la oferta ganadora de Enel y Acciona. La comisaria europea de Competencia, Neelie Kroes, se ha anotado el primer asalto de su largo combate con el Gobierno español sobre qué organismo, nacional o comunitario, dispone de la última palabra en el mercado energético español.
 
 Así, el Tribunal de Justicia de la UE dejó ayer claro que en el caso de las condiciones impuestas por el Gobierno a la opa de Eon por Endesa, la CE tenía razón en exigir su retirada.

Pero la sentencia se limita a cuestiones de procedimiento y el fallo no entra a precisar los límites entre las dos jurisdicciones en conflicto. Por un lado, la de la CE, que reivindica su derecho exclusivo a autorizar o prohibir fusiones de dimensión comunitaria. Y, por otro, la del Gobierno español, que invoca la seguridad de suministro energético como un interés legítimo para condicionar ciertas operaciones.

Los jueces atribuyen su silencio respecto al fondo de la cuestión al tipo de recurso planteado por Bruselas. Esa impugnación sólo exige que el tribunal verifique si España había incumplido sus obligaciones al no retirar las condiciones a la opa de Eon declaradas ilegales por Bruselas. La sentencia recuerda que en esas circunstancias un país no puede, como hizo España durante el juicio, invocar la supuesta ilegalidad de la decisión de la CE para justificar su incumplimiento.

Por eso, el tribunal obvia el conflicto entre Madrid y Bruselas y concluye que 'sin que sea necesario examinar si las medidas nacionales controvertidas se adoptaron para proteger un interés legítimo, como la seguridad pública (...) la validez de las decisiones de la Comisión no puede cuestionarse en el marco del presente recurso'.

España no impugnó la anulación de las condiciones a Eon, al entender que el proceso decaería al fracasar su opa sobre Endesa. No ha sido así y ahora parece haber aprendido la lección al pasar de denunciada a denunciante. El portavoz de Kroes anunció ayer que su departamento ha suspendido el procedimiento contra España por las condiciones impuestas a Enel y Acciona después de que el Gobierno impugnara el 13 de febrero la decisión ante el Tribunal de Luxemburgo. Las autoridades españolas incluso han pedido la suspensión cautelar del dictamen de Kroes que el 5 de diciembre declaró ilegales esas condiciones.

Este recurso puede permitir a los jueces pronunciarse por fin sobre el controvertido asunto de las fusiones en un sector tan estratégico como el energético, donde conviven, además, empresas públicas y privadas y países abiertos a compañías extranjeras, como España y Reino Unido, o cerrados, como Francia. El Gobierno defiende que la seguridad del suministro en ese mercado debe valorarse como una de las excepciones que contempla el Reglamento de fusiones y que permiten a un Estado imponer condiciones a una operación autorizada por la CE.

Solbes se opone
El vicepresidente económico, Pedro Solbes, expresó ayer su desacuerdo con la sentencia del Tribunal de la UE y defendió la potestad del Gobierno español en la adopción de decisiones 'de tipo estratégico nacional'.

De acuerdo con la legislación comunitaria, según Solbes, hay razones 'de tipo estratégico nacional' por las que se pueden tomar 'medidas nacionales' y señaló que se trata de una sentencia 'muy importante' para España y para el resto de países, y añadió que 'si no hay margen de maniobra para España no debería haberlo para nadie'.
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