13/06/2008 - 17:00h

Los antiguos usuarios de la tarifa nocturna podrían verse compensados por el cambio

La CNE estudia compensar a los usuarios de la tarifa nocturna.El Consejo de Administración de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) ha encargado a sus servicios técnicos que estudien qué medidas pueden adoptarse para compensar a los usuarios que hicieron inversiones para adaptarse a la tarifa nocturna y que ahora ven cómo esta modalidad queda sustituida por otra de discriminación horaria.
 
 
 
El organismo presidido por María Teresa Costa expresa de esta forma su deseo de disponer de fórmulas que sirvan para "paliar" los gastos que muchos consumidores realizaron en su día para acogerse a la tarifa nocturna y, al mismo tiempo, de conocer los efectos sobre la gestión de la demanda relacionados con la supresión de dicha tarifa.

Junto a esto, ha acordado dirigirse a las empresas distribuidoras de electricidad para recordarles que, según establece el Real Decreto 222/2008, las modificaciones de potencias relacionadas con la nueva tarifa nocturna eximen a los consumidores de pagar por los derechos de acometida (extensión de la potencia y acceso al servicio).

La CNE ha dictaminado además que si las empresas distribuidoras ya han cobrado algún importe a los consumidores por los cambios en sus potencias contratadas, deberán proceder a su devolución. FACUA había trasladado sendas reclamaciones en este sentido a Iberdrola y Unión Fenosa.

A finales de abril, el regulador energético mostró cierta preocupación con la supresión de la tarifa nocturna. En aquel momento, decidió trasladar al Ministerio de Industria las numerosas reclamaciones remitidas por los consumidores acerca de las subidas en el recibo de la luz para los usuarios de tarifa nocturna.

Hasta el momento, los clientes acogidos a la tarifa nocturna se beneficiaban de un descuento del 55% en las horas valle -entre las 23.00 y las 7.00 horas- y sufrían una penalización del 3% durante el resto del día, considerado horas punta.

Con el nuevo sistema de discriminación horaria, se amplía de ocho a catorce el número de horas valle y se reduce ligeramente, al 47%, la bonificación por consumir en ese periodo, pero se obliga al usuario a contratar la máxima potencia demandada y se le aplican penalizaciones del 35% si lo hace en horas punta.
 
Fuente: Facua
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