29/05/2008 - 17:00h

Los consumidores de electricidad podrán recibir ofertas de otras comercializadoras distintas a sus distribuidoras

Con el fallo de la Audiencia Nacional los consumidores podrán recibir ofertas de otras comercializadoras distintas a sus distribuidoras. Con esta medida, se fomenta la libre competencia del mercado, ya que se obliga a las distribuidoras a poner a disposición de los comercializadores y de la Oficina de Cambio de Suministrador toda la información relativa a sus puntos de suministro.
La Audiencia Nacional ha decidido levantar las medidas cautelares interpuestas ante la Disposición adicional tercera de la Orden Ministerial de las tarifas eléctricas que entró en vigor el pasado 29 de diciembre relativa a la obligatoriedad de que las compañías distribuidoras faciliten el acceso a los datos de sus clientes a las comercializadoras.

Tras la publicación el pasado mes de diciembre de la Orden Ministerial de revisión de tarifas para 2008, y en referencia a la Disposición adicional tercera que establecía las condiciones de mantenimiento y acceso relativas a las bases de datos de los puntos de suministro, la patronal UNESA decidió recurrir dicha orden ministerial ante la Audiencia Nacional, quién accedió poco después a su petición de adoptar medidas cautelares con la consecuente paralización de la normativa.

El Ministerio de Industria, tras incluir una mención especial al consentimiento expreso del cliente en lo referido a esta cesión de datos, y publicar una nueva orden ministerial el pasado mes de marzo de 2008, ITC/694/2008, volvió a recurrir ante la Audiencia Nacional, quién ha accedido ahora a levantar las medidas cautelares interpuestas ante la medida.

Cabe recordar que el pasado mes de febrero, la Comisión Nacional de la Competencia abrió un expediente sancionador a Unesa con relación a la presentación de este recurso ante la Audiencia Nacional al considerar que impedir el acceso a los datos de los clientes podía tratarse de una posible restricción a la competencia.
 
Fuente: MITyC
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