3/01/2008 - 16:31h

Protestan por la normativa ambiental promovida por el Gobierno catalán

COAMB
El gobierno de la Generalidad ha presentado una propuesta de amnistía ambiental que el Colegio de Ambientólogos, consciente de la repercusión de esta propuesta, considera que lesiona los intereses del medio y de los ciudadanos.
A raíz de los cambios impulsados últimamente por el Gobierno de Catalunya para modificar la normativa ambiental de actividades y de las declaraciones y noticias aparecidas en diferentes medios de comunicación, el Colegio de Ambientólogos de Catalunya (COAMB) –el colegio de los profesionales del medio ambiente– cree oportuno y necesario pronunciarse al respeto, participando en el debate existente actualmente en nuestro país. 

Desde la creación del Departament de Medi Ambiente i Habitatge, en el año 1991, Catalunya ha hecho grandes avances en el campo del medio ambiente, mejorando de forma muy significativa los niveles de calidad del aire, del agua y la gestión y el tratamiento de los residuos. Este éxito convirtió a la Administración catalana en un referente en el Estado español y en un actor importante y adelantado en las políticas ambientales de ámbito regional en la Unión Europea. 

Uno de los puntos importantes de esta política ambiental fue la aprobación y aplicación de la Ley 3/1998, de intervención ambiental de la Administración ambiental (conocida como LIIAA). Esta ley tenía los objetivos siguientes: 

- Lograr un alto nivel de protección de las personas y del medio a través del establecimiento de un sistema de intervención administrativa de las actividades susceptibles de afectar el medio ambiente, la seguridad y la salud de las personas. 
- Integrar en una única autorización la disparidad de autorizaciones existentes en aquel momento sobre vertidos, residuos y aire y las decisiones de prevención de incendios, accidentes graves y protección de la salud. 
- Garantizar el acceso de los ciudadanos a la información ambiental. 

El sistema de intervención de la LIIAA pretendía la simplificación administrativa de los procedimientos de otorgamiento de autorización y licencia ambiental, y obligaba a las diferentes administraciones implicadas a corresponsabilizarse. 

La realidad, sin embargo, es otra: casi diez años después de aprobarse la LIIAA los empresarios (de muchos varios sectores productivos) a menudo tienen que esperar más de un año para obtener sus permisos, se tienen que dirigir a varias administraciones diferentes —que generalmente no se coordinan lo suficiente— y, además, en algunas ocasiones tienen que acabar pagando tasas muy superiores al coste real de los servicios que presta la Administración. 

En este sentido, pues, la aplicación de la LIIAA ha comportado perjuicios importantes para la actividad empresarial de nuestro país, motor importante de la economía catalana y sector clave para el mantenimiento y la generación de ocupación. 

El COAMB es consciente de esta realidad y de la necesidad de impulsar, con carácter de urgencia, medidas que permitan resolver esta situación y a la vez continuar manteniendo los estándares de calidad ambiental que han caracterizado a nuestro país en los últimos años y que han revertido, de forma manifiesta, en una mejora de las condiciones de vida de la población catalana. 

En este sentido, el COAMB desaprueba las rebajas que el Gobierno quiere introducir en la normativa ambiental y, muy especialmente, la denominada «amnistía ambiental», por la cual se eximiría de la licencia ambiental a determinadas empresas que paradójicamente son las que han estado incumpliendo la normativa de forma reiterada. 

Pese a que ha sido una propuesta aplaudida por gran parte del sector empresarial, se trata de una medida que podría comportar un empeoramiento de la calidad ambiental lograda por Catalunya en las últimas décadas y un retroceso en la política ambiental de nuestro país. Además, esta medida no afronta la raíz del problema, que en buena parte recae en la complejidad de la misma disposición legal y en el dimensionado insuficiente de los servicios técnicos y administrativos que deben tramitar las licencias y que tienen que a asesorar todos los actores que participan en el proceso (empresarios, Administraciones, etc.). 

Por esto, el COAMB manifiesta su discrepancia a la vez que ve necesaria una solución basada en la colaboración activa por parte de la Administración para que las empresas que todavía no se han adaptado a la normativa lo puedan hacer sin soportar cargas innecesarias pero con diligencia. 

Dejando de lado las dudas de legalidad y legitimidad que se pueden plantear, también se debe remarcar que esta medida supone un agravio clarísimo para las actividades que han hecho el esfuerzo de adecuarse a la normativa que en su día fue aprobada por el Parlamento de Catalunya. 

Por lo tanto, en ningún caso resultaría admisible que por escapar de la problemática actual la Administración abandonara su misión de garantizar la protección y mejora del medio ambiente. Bien al contrario, hace falta recalcar que los poderes públicos deben garantizar la protección del medio ambiente exactamente igual que deben velar por el desarrollo económico y por el fomento de la ocupación, sin que estos objetivos se puedan contraponer. En este sentido, es notorio que las normas ambientales no sólo sirven por mejorar la calidad de nuestro entorno sino que también son un motor para la innovación, la economía y la ocupación, creando nuevos mercados y oportunidades. 

Para mejorar la intervención administrativa y garantizar a la vez la protección del medio ambiente, el COAMB ya presentó el mes de octubre de 2007 un paquete de 31 enmiendas al anteproyecto de ley de prevención y control ambiental de las actividades, promovido por el DMAH. El sentido general de estas enmiendas va en la dirección de reclamar una mejora en la actuación de la Administración, una mayor profesionalidad en la protección del medio ambiente y una desregulación de la intervención administrativa limitada únicamente a las actividades de baja incidencia ambiental. 

Con respecto a la actuación de la Administración, la experiencia de la normativa actual demuestra carencias claras que hace falta resolver pero que el anteproyecto pasa de puntillas. Las administraciones deben garantizar un procedimiento administrativo integrado y ágil, adecuando los recursos destinados a la intervención ambiental, mejorando la coordinación entre ellas y ofreciendo colaboración y asesoramiento a las empresas. De no ser así, las empresas tendrán que seguir haciendo frente a toda una serie de procedimientos y de requerimientos dispersos y a veces redundantes, con los costes económicos que esto comporta. 

El COAMB también apunta la necesidad de adelantar en la profesionalización de los técnicos de las empresas y de la Administración que son responsables de estos aspectos, puesto que también se han constatado carencias claras en este sentido que dificultan todavía más el procedimiento administrativo. 

Finalmente, el COAMB comparte en parte la necesidad de desregular la intervención administrativa, haciendo recaer la responsabilidad de cumplir las exigencias ambientales a las personas titulares y técnicas de las empresas. Este sistema sin control de la Administración es válido para las actividades de baja incidencia ambiental pero no se puede generalizar a muchas de las actividades que la normativa actual considera de incidencia ambiental moderada. En estos casos, la intervención de la Administración debe servir para garantizar la protección del medio ambiente. 
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