22/11/2006 - 11:05h

Recursos hídricos: las comunidades afilan las garras

El diario El País llama la atención en un artículo del día de hoy la manifestación en diferentes artículos de estatutos autonómicos del deseo de las autonomías a tener un control directo sobre sus recursos hídricos.
Comienza la batalla por el agua:
  • En el art. 117 del Estatuto de Catalunya se dice 'La Generalitat debe emitir un informe preceptivo para cualquier propuesta de trasvase de cuencas que implique la modificación de los recursos hídricos de su ámbito territorial'.
  • En el art. 17 del Estatuto de la Comunidad Valenciana se afirma: 'Se garantiza el derecho de los valencianos y valencianas a disponer del abastecimiento suficiente de agua de calidad'.
  • El de Andalucía, en su art. 51 se mantiene: 'La comunidad autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio...'
  • Aragón va más allá y en el art. 19 advierte: 'Corresponde a los poderes públicos aragoneses ... velar especialmente para evitar cualquier transferencia de aguas de las cuencas hidrográficas de las que forma parte la comunidad autónoma... se considera que es necesaria una reserva de agua para uso exclusivo de los aragoneses de 6.550 hectómetros cúbicos'.
  • Castilla-La Mancha. Disposición transitoria segunda: "Los poderes públicos del Estado y de Castilla-La Mancha velarán para que... el volumen de agua trasvasable desde el Tajo al Segura se reduzca progresivamente ... hasta su definitiva extinción, que, en todo caso, se producirá en 2015
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