18/01/2008 - 14:15h

Interpondrán recurso contra las tasas de certificación de la agricultura ecológica

APECPAE.La asociación APECPAE, que agrupa a los productores, elaboradores y comercializadores de productos ecológicos, recomienda a sus asociados presentar un recurso contencioso administrativo, contra las tasas por producto amparado del Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica (CCPAE).
 
La asociación APECPAE se reserva el derecho de reclamar indemnizaciones y responsabilidades por la actuación de la Administración y a favor de las empresas catalanas que durante los últimos años han estado obligadas a pagar tasas injustificadas.

El objetivo de  APECAPE ha sido siempre romper con el monopolio del CCPAE en Cataluña y permitir la libre elección al operador entre empresas certificadoras (pública o privada) y, de este modo, hacer más competitivo el coste de la certificación, como sucede en el resto de Europa

La Junta Directiva de la Asociación APECPAE de Cataluña (Asociación de Productores, Elaboradores y Comercializadores de Productos Agroalimentarios Ecológicos) tomó la decisión de recomendar a todas sus empresas asociadas  que procedan a interponer recurso contencioso administrativo contra la desestimación del recurso que interpusieron en su día contra las tasas por producto amparado del Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica de Cataluña CCPAE, organismo público de certificación dependiente del Departamento de Agricultura de la Generalitat de Cataluña DAR,, del cual  depende el CCPAE que es la empresa pública de certificación que actúa en régimen  de monopolio en Cataluña.

Dado que ni el escrito de alegaciones presentado al Presidente de la Junta Rectora del CCPAE, Sr. Daniel Valls,  el pasado mes de junio de 2007, ni el Recurso de Alzada presentado el mes de agosto al Conseller de Agricultura Sr. Joaquim Llena, ni el Recurso de Reposición interpuesto el pasado mes de diciembre han recibido respuesta por parte de la Administración, procede al parecer de la Asociación, y en defensa de los intereses de las empresas, interponer el recurso contencioso administrativo contra la desestimación del recurso que en su día se presentó contra las tasas por producto amparado del CCPAE  al DAR del cual en depende el CCPAE.

Así pues,  la Asociación APECPAE defendiendo los derechos de las empresas asociadas, se solidariza con éstas y  recomienda  proceder a interponer recurso contencioso administrativo. Por su parte la Asociación se reserva el derecho de reclamar indemnizaciones y responsabilidades por la actuación de la Administración y a favor de las empresas catalanas que durante los últimos años han estado obligadas a pagar tasas injustificadas.

Ha transcurrido un año hasta  llegar a esta situación. Más de doce meses desde que empezaron los contactos entre APECPAE y el DAR con el fin de cambiar el sistema vigente de certificación ecológica.  Este sistema supone una sobre tasación abusiva e ilegal que, basándose en informes jurídicos solventes que obran en poder de APECPAE y que son del todo favorables a las tesis de los reclamantes, les ha supuesto la discriminación en términos de competitividad de las empresas catalanas respecto al resto de España.  Incluso, y quizá más grave, ha discriminado a las empresas elaboradoras y comercializadoras respecto de las empresas productoras en Cataluña, que no han pagado el coste real de la certificación.

El silencio administrativo a todos los escritos por parte de la Administración hacia las empresas catalanas y de la Asociación APECPAE es elocuente.  A pesar que la legislación catalana permite, desde hace 4 años, la actuación de las empresas privadas de certificación de productos alimentarios ecológicos en Cataluña con la Ley de Calidad Agroalimentaria de 200; ésta deroga de facto, por jerarquía normativa, el decreto de creación y composición del CCPAE que data del año 2001. Esta normativa no ha sido puesta en práctica por el DAR.

El objetivo de  APECAPE ha sido siempre romper con el monopolio del CCPAE en Cataluña y permitir la libre elección por parte del operador entre empresas certificadoras y de este modo hacer más competitivo el coste de la certificación.  Este coste debe convertirse en un coste competitivo que sólo refleje la contraprestación del servicio de certificación, como sucede en el resto del estado español y en la inmensa mayoría de los países europeos.


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APECPAE.
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